Indemnización por fractura pélvica

Se trata de fracturas que afectan a cualquiera de las ramas que constituyen el anillo pélvico, isquion, ilión y pubis. Suelen darse en accidentes de circulación múltiples, en los que están implicados varios vehículos, recibiendo uno de ellos golpe y contragolpe, quedando el conductor o el copiloto en una posición comprometida a causa del primer golpe.

Dividimos esta clase de fracturas en leves y habituales, y en graves y excepcionales.

Indemnización por fracturas leves o habituales del coxal

En el caso de las fracturas leves o habituales el tiempo medio de curación es de 90 días. El tiempo de hospitalización es de 15 días. La rehabilitación es muy precoz y, en general, se superpone con el tiempo medio de curación. En cuanto al tiempo de incapacidad para practicar deportes que impliquen la cadera es de 180 días.

Las secuelas que se prevén, a nivel anatómico, se concretan en callos viciosos y patológicos, en desplazamientos de segmentos óseos, osteoporosis focal o regional. Más raramente, osteoporosis y material de osteosíntesis o prótesis.

Aunque las secuelas funcionales pueden ser muy variadas en las lesiones leves, se dan raramente. Se cuentan las que afectan al aparato locomotor, que dan lugar a cojeras o limitación del movimiento, así como simetrías viciadas. También las que afectarían a tejidos blancos, fístulas, ulceraciones, etc. Por último, destacan las que afectan a vísceras, resultando un tipo u otro de afectación funcional, en función de las vísceras afectadas.

Además de las cicatrices operatorias en caso de que las haya, hay que contar entre las secuelas estéticas aquellas que dependen de las funcionales.

Las secuelas psíquicas son impropias, en este tipo de lesiones.

En cuanto a las secuelas morales el dolor físico hasta, como mínimo, la curación es destacable. Asimismo, la hospitalización y el riesgo operatorio, en caso de que este tratamiento sea aplicado, también pueden estar presentes. Con carácter transitorio, las relaciones familiares y sociales quedarán limitadas. Algunas fracturas pueden llegar a afectar la vida conyugal.

Las secuelas extracorpóreas serán infrecuentes y, en función de las características de la fractura, de carácter transitorio.

Este tipo de lesiones no suele crear invalidez.

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